Un tribunal madrileño determinó que llamar «putero» a José Luis Ábalos, exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE, está amparado por la libertad de expresión y no constituye un ataque ilegítimo a su honor. La sentencia del Juzgado de Instancia número 86 absolvió al periodista Ángel Expósito, director de ‘La Linterna’ en COPE, de todas las acusaciones y asignó a Ábalos el pago de las costas legales.
La disputa judicial surgió tras varias críticas públicas emitidas por Expósito en diferentes espacios mediáticos, que incluían vídeos en COPE, apariciones en Telecinco, publicaciones en redes sociales y una columna en el diario ABC. En ellas, el comunicador aludió al «puterío», las «amiguitas», las «fiestas» y otros términos relacionados con supuestos escándalos en torno al exministro, en especial vinculados al ‘caso Koldo’, un asunto de corrupción que todavía está en investigación judicial.
El juez Héctor Jesús Risueño señaló que los términos usados por Expósito, aunque «incisivos y ácidos», no tenían como propósito insultar sino ejercer una crítica política y periodística sobre un tema de interés público. Además, destacó la posición pública de Ábalos, lo que implica un umbral de tolerancia mayor hacia comentarios críticos. La sentencia subrayó que las afirmaciones de Expósito contaban con suficiente base fáctica, basada en informaciones periodísticas y pesquisas judiciales.
Además, el magistrado consideró que estas declaraciones se emitieron en un contexto protegido constitucionalmente por la libertad de expresión e información. Tanto la defensa del periodista como el Ministerio Fiscal coincidieron en que se trataba de juicios valorativos ligados a hechos relevantes para la sociedad y no de insultos gratuitos.
Esta absolución se produce en un momento clave para Ábalos, quien se encuentra en prisión preventiva a la espera de la resolución en el Tribunal Supremo respecto al ‘caso Koldo’, donde la Fiscalía solicita una condena de 24 años de cárcel.
