Un hombre identificado como M. O. M. recibió una condena de cuatro años y tres meses de prisión por un robo con intimidación ocurrido en enero en la barriada de Arcos Quebrados, Ceuta. El acusado asaltó a un taxista junto a su hermano, quien permaneció en rebeldía, y utilizó una pistola que resultó ser de aire comprimido para amenazar a la víctima.
El tribunal valoró que el robo fue cometido con el agravante del uso de un instrumento peligroso, abuso de superioridad numérica y el empleo de un disfraz, en este caso un pasamontañas que impedía la identificación. Además de la pena de cárcel, el hombre deberá respetar una orden de alejamiento por cinco años y tres meses, que le prohíbe acercarse a menos de 100 metros del taxista, su domicilio, su lugar de trabajo o cualquier sitio donde se encuentre, así como comunicarse con él.
La sentencia también establece que el condenado debe indemnizar a la víctima con 150 euros, que corresponden al dinero robado durante el asalto. Según los hechos probados, el acusado solicitó un taxi para dirigirse a Arcos Quebrados, donde junto a su hermano abordó el vehículo y obligó al conductor a entregar el dinero recaudado mientras portaba la pistola en la nuca del taxista.
Durante el juicio, la magistrada destacó la consistencia en la declaración de la víctima, quien no conocía al acusado y mantuvo una versión sólida y detallada de los hechos. En cambio, el acusado intentó modificar su relato en la audiencia oral, atribuyendo el robo a otra persona y señalando que se había inculpado por presión, una versión que el tribunal calificó como absurda e incoherente por carecer de apoyo probatorio.
El tribunal concluyó que, frente a la contradicción del acusado, la declaración del taxista se mantuvo como el elemento probatorio más fiable, lo que sustanció la condena. Este caso subraya la gravedad de emplear armas, aunque no sean de fuego, para coaccionar y cometer delitos violentos contra profesionales del transporte.
